LA DEVOLUCIÓN DEL APORTE DE AFC
Si el empleador despide por la causal de Necesidades de la Empresa, puede descontar de la indemnización por años de servicio del trabajador el monto que aportó a su cuenta individual del seguro de cesantía. Esto es lo que comúnmente se entiende por “descuento del aporte de AFC”. Pero -según ha dicho la Corte Suprema- si ese despido es injustificado, el empleador debe devolver ese monto al trabajador. En este post te contamos más sobre ese descuento, y cómo recuperarlo.
¿Qué es el aporte de AFC?
El empleador debe pagar múltiples cotizaciones de seguridad social al trabajador. Entre estas están los aportes a las cuentas del seguro de cesantía, administradas por AFC Chile. Una de estas cuentas es la Cuenta Individual de Cesantía, a la que el propio empleador debe aportar un porcentaje de la remuneración imponible del trabajador. Este porcentaje es del 1,6% si el contrato es indefinido, y del 2,8% si es a plazo o por obra o faena.
¿Por qué el empleador puede descontarlo?
La propia ley faculta al empleador para descontar los fondos que haya aportado a la cuenta individual de cesantía del trabajador, en caso de que lo despida por la causal de Necesidades de la Empresa. Suele decirse que la justificación de esta norma es que se quiso ayudar a la empresa que esté en una situación económica tan precaria, que tenga que despedir trabajadores. Sabemos que, en los hechos, las más de las veces los despidos por Necesidades de la Empresa no responden a una situación de vulnerabilidad económica de la empresa. Y en todo caso, difícilmente la empresa que despide se verá más necesitada de ayuda económica que el trabajador despedido. Pero eso es lo que la ley establece.
Cómo puedo recuperar el aporte de AFC
Afortunadamente, la Corte Suprema ha dicho que si el despido por Necesidades de la Empresa es injustificado, el tribunal debe condenar a la empresa a hacer la devolución del aporte de AFC al trabajador. Por lo tanto, ante un despido por Necesidades de la Empresa, se puede demandar al empleador para que pague:
- Un recargo del 30% de la indemnización por años de servicio (te contamos sobre ello aquí).
- El aporte de AFC que descontó de la indemnización por años de servicio.
Si te despidieron y te descontaron el aporte de AFC, contáctanos, para evaluar tu caso cuanto antes.
Gabriel Arancibia Mora