En Chile, las escrituras públicas son documentos legales de gran importancia, ya que otorgan validez y seguridad jurídica a diversos actos y contratos. Para que una escritura pública sea válida, debe cumplir con ciertas formalidades establecidas por la ley. A continuación, se detallan las principales:
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Otorgamiento ante Notario Público:
- La escritura debe ser otorgada ante un Notario Público en ejercicio y competente para actuar en la jurisdicción correspondiente.
- El notario es un ministro de fe pública que certifica la identidad de las partes, la legalidad del acto y la fecha de otorgamiento.
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Requisitos de Forma:
- Idioma castellano: La escritura debe estar redactada en idioma castellano, de forma clara y precisa, sin abreviaturas, cifras o signos que puedan generar confusión.
- Individualización de las partes: Se debe identificar plenamente a las partes involucradas, incluyendo sus nombres completos, RUT, nacionalidad, estado civil, profesión u oficio y domicilio.
- Descripción del acto o contrato: Se debe describir de manera detallada el acto o contrato que se está celebrando, incluyendo sus elementos esenciales y cláusulas.
- Firma de las partes y del notario: La escritura debe ser firmada por todas las partes involucradas y por el notario público.
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Contenido de la Escritura:
- Introducción: La escritura debe contener un proemio o introducción donde se indique el lugar y fecha de otorgamiento, el nombre del notario y la individualización de las partes.
- Exposición: En la exposición se deben detallar los antecedentes y declaraciones de las partes, así como el objeto del acto o contrato.
- Cláusulas: Las cláusulas son las disposiciones que regulan los derechos y obligaciones de las partes.
- Autorización: La autorización es la certificación del notario de que el acto o contrato se ha celebrado en su presencia y con las formalidades legales.
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Documentos Complementarios:
- En algunos casos, se pueden requerir documentos complementarios para acreditar la identidad de las partes, la propiedad de los bienes o la existencia de otros actos o contratos relacionados.
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Tipos de escrituras públicas:
Existen diversos tipos de escrituras públicas, entre las que se encuentran:
- Compraventa de bienes inmuebles.
- Hipotecas.
- Testamentos.
- Contratos de arrendamiento.
- Acuerdos de sociedad.
Hay actos jurídicos y contratos que sólo pueden suscribirse por escritura pública, especialmente la enajenación y la constitución de gravámenes sobre bienes raíces, formalidad de la esencia de dichos contratos.
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